Tarea 1 Atributos Personas Físicas y Personas Morales
Atributos
Personas Físicas y Morales
Para las personas físicas:
- Asalariados:
Recibir ingresos y prestaciones mediante una actividad subordinada a un
patrón y solo se deberá presentar la declaración anual que usualmente es
realizada por el mismo patrón.
- Arrendamiento
de Inmuebles: Quienes tienen un ingreso fijo por una renta de un inmueble
ya sea para el comercio o habitacional. Siempre deberán entregar un recibo
contra el arrendamiento mediante un sistema de facturación electrónica.
Las personas físicas que tributen bajo este tipo de régimen deberán
presentar una declaración mensual, anual y en el caso de ser necesario o
si la persona quiere informativas.
- Actividad
Empresarial: Personas físicas que tienen un negocio o comercio y deberán
presentar su contabilidad electrónica y hacer la facturación electrónica
para poder comprobar todas las transacciones. Se tienen que presentar
declaraciones anuales, mensuales, informativas y la informativa múltiple.
- Honorarios:
Personas independientes que realizan servicios independientes y entregan
recibos de honorarios. Estás personas deberán cumplir con la contabilidad
y facturación electrónica para generar comprobantes fiscales (CFDI) y
registrar el uso que se dé a los ingresos. Se deberá presentar siempre que
se trabaje bajo esté régimen una declaración anual, informativa e
informativa múltiple.
- Régimen
de Incorporación Fiscal (RIF): Personas que realicen actividades
empresariales, que vendan bienes o presten servicios para los que no se
requiera un título profesional. Ellos deberán manejar contabilidad y
facturación electrónica, además de presentar declaraciones bimestrales.
Para las Personas Morales:
- Régimen
general (Son todos los tipos de sociedades que son descritos y regulados
dentro del Código de Comercio y la Ley General De Títulos y Operaciones de
Crédito las cuales son): sociedades mercantiles, sociedad mercantil,
sociedad, asociación civil, sociedad cooperativa de producción,
instituciones de crédito, de seguros y fianzas, almacenes generales de
depósito, arrendadoras financieras, uniones de crédito y sociedades de
inversión de capitales; organismos descentralizados que comercialicen
bienes o servicios, y fideicomisos con actividades empresariales, entre
otras, que realicen actividades lucrativas.
- Tienen como obligaciones fiscales llevar su
Contabilidad Electrónica y facturación electrónica; presentar
declaraciones y pagos mensuales, así como declaración anual. También
deberán presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros
(DIOT) y declaraciones informativas anuales, y las retenciones del
Impuesto Sobre la Renta correspondientes. Deberán, de igual manera,
mantener actualizada la información financiera como los estados
financieros, inventarios, utilidad fiscal, y el monto de la PTU. Mantener
al SAT informado sobre préstamos y aportaciones para futuros aumentos de
capital que sean recibidos en efectivo, dentro de los 15 días posteriores
de haberlos recibido.
- En dado caso de haber sido clasificado como
contribuyente de IEPS (Impuesto Especial sobre Productos y Servicios)
también se deberá presentar la información declarativa que corresponde.
- Con
fines no lucrativos: No tienen la finalidad de obtener ganancia económica
o lucro. Deberán expedir comprobantes fiscales, llevar Contabilidad
Electrónica, presentar declaraciones mensuales e informativas, retener el
ISR en caso de pagar sueldos y salarios, recibir servicios profesionales,
expedir las constancias de retención del ISR, pagar el subsidio para el
empleo a los trabajadores que tengan derecho a recibirlo conforme el ISR.
Referencias:
Lic. Brenda
González. Cuáles son las obligaciones fiscales de las personas físicas y
personas morales (SAT). 24/09/2021, de GP&H Sitio web:
https://www.gphlegal.mx/2021/01/19/cuales-son-las-obligaciones-fiscales-de-las-personas-fisicas-y-personas-morales-sat/
Comentarios
Publicar un comentario